Muchos son los casos, en los que unos padres posibilitan a su hijo de una
vivienda de su propiedad, para que inicie en ella su nueva vida.
Este hijo, con el paso del tiempo, se casa y tiene hijos. Pero llegan los problemas y como consecuencia de ello un
divorcio o una separación.
La guarda y custodia de los hijos menores se le atribuyen a la madre, y por consiguiente, también el
uso y disfrute de la vivienda que había venido siendo el domicilio conyugal, - recordemos propiedad exclusiva de los padres del esposo-, quien lógicamente habrá tenido que abandonar la citada vivienda.
18 noviembre, 2014
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