Abogados Getxo | Blog del despacho ISD Abogados
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Desde que se instauró la custodia compartida en nuestro país, cada vez son más las parejas que deciden optar por ella cuando rompen su matrimonio. En la actualidad, alrededor del 20% de los divorcios de matrimonios con hijos eligen la custodia compartida.
En este caso, desde nuestro despacho de abogados en Getxo, hablamos sobre la custodia compartida, norma aplicable y limitación del derecho de uso, así como la armonización de los derechos del titular de una vivienda.

Cuáles son los antecedentes

La AP acepta el recurso de apelación y resuelve la custodia compartida. De otro lado, confirma la atribución a la madre del uso de la vivienda familiar con carácter indefinido.
Todos los agentes implicados en un proceso de divorcio en el que se establecen las medidas relativas a los hijos menores, siempre y cuando los hubiera, -padres, abogados y Ministerio Fiscal- hemos tenido que amoldarnos a la nueva línea jurisprudencial marcada por el Tribunal Supremo. Lo hemos hecho, básicamente, en sus Sentencias de 17 de octubre de 2012, 7 de junio de 2013 y 17 de diciembre de 2013, las cuales resultan, más que tendentes, completamente dirigidas al establecimiento de una guarda y custodia compartida.
Muchos son los casos, en los que unos padres posibilitan a su hijo de una vivienda de su propiedad, para que inicie en ella su nueva vida. Este hijo, con el paso del tiempo, se casa y tiene hijos. Pero llegan los problemas y como consecuencia de ello un divorcio o una separación. La guarda y custodia de los hijos menores se le atribuyen a la madre, y  por consiguiente, también el uso y disfrute de la vivienda que había venido siendo el domicilio conyugal, - recordemos propiedad exclusiva de los padres del esposo-, quien lógicamente habrá tenido que abandonar la citada vivienda.
Hace varias semanas conocimos un nuevo caso en nuestro despacho de abogados en Getxo, en el que un hombre divorciado estaba en predisposición de comunicar a la justicia un hecho, que a su juicio, alteraba la fijación de las medidas de divorcio que se establecieron en su día. El hombre poseía una vivienda común junto a su exmujer al 50%, en la que residía ella con sus hijos. Además, tuvo conocimiento de que su exmujer tenía una relación con otra persona y que ésta residía habitualmente en el domicilio familiar.