Relación paterno-filian | Despacho de Abogados en Bilbao ISD Abogados
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Sin entrar a realizar valoraciones arbitrarias, puesto que cada asunto de familia, separación, divorcio o custodia de hijos menores es un mundo, podemos encontrar ejemplos claros de que algo está cambiando en cuanto a la inmovilista postura, afortunadamente ya superada, de los Tribunales de Justicia con respecto a las guardas y custodias, y en favor de qué progenitor se otorgan. http://www.elcorreo.com/alava/v/20140109/vizcaya/buena-madre-trabajo-casa-20140109.html
Tras un primer reconocimiento en post anteriores acerca de la guarda y custodia compartida y su concepto, no estará de más que echemos un vistazo a las ventajas que este tipo de custodia concede a los padres y madres o progenitores tras su divorcio o separación. Existen numerosas Sentencias de diferentes Audiencias Provinciales en las que se abordan las ventajas de la que hablamos, aunque, como observaremos más adelante no siempre es oro todo lo que reluce, ni para los hijos, ni para los progenitores cuando se opta por este régimen de custodia. Pero no nos desviemos del camino trazado, puesto que, evidentemente, no son pocas las ventajas que concede este sistema de custodia compartida en los conflictos matrimoniales o de pareja (tampoco las parejas de hecho separadas se libran de estas problemáticas circunstancias) , de modo que, con una buena organización y muchas ganas e interés, tanto hijos - recordemos, a efectos judiciales, el interés más necesitado ("favor filii") en beneficio de quienes primordialmente han de regularse no sólo la medida relativa a la gusrada y custodia, sino todas las demás- como esposo o esposa y madre o padre, pueden encontrar máxima satisfacción. Así, entre otras, una de las últimas Sentencias donde se describen puntualmente estas ventajas o beneficios, es la dictada por la  AP Sta. Cruz Tenerife de 21 de mayo de 2012, entre las que se pueden destacar:
Parece ser que la crisis también afecta a las pensiones de alimentos. Pero eso sí, en este caso, entendemos que con más que buen criterio. Los profesionales del derecho de familia y en mayor medida los progenitores alimentantes, estamos aburridos de pelar contra los molinos de viento retratados en la falta de sentido común de jueces y Tribunales. Así que, cuando en contadas ocasiones, eso sí, observamos que se plasma en la letra de una resolución judicial el menos común de los sentidos, la cuestión nos llena de regocijo. ¡ALBRICIAS! La Audiencia Provincial de Murcia se ha desmarcado con una Sentencia para enmarcar
Nuestro Despacho está especializado en tramitar conflictos matrimoniales (divorcios, relaciones paterno-filiales,…) y procesos penales derivados de situaciones de “violencia de género” denunciadas entre los miembros de un grupo familiar. Por ello, conocemos de primera mano los problemas que surgen cuando, ante tales denuncias (o, incluso, sentencias penales firmes) sobre dicha materia, planteamos y solicitamos a los Tribunales la concesión de una custodia compartida respecto de los hijos menores.