Renunciar a una herencia, cuándo conviene hacerlo y por qué
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Renunciar a una herencia, cuándo conviene hacerlo y por qué

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Renunciar a una herencia, cuándo conviene hacerlo y por qué

Generalmente, si escuchas las palabras “recibir” y “herencia” en la misma frase, te imaginas bañándote en una montaña de billetes. Existe esa errónea idea de que cobrar una herencia es algo muy parecido a que te toque la lotería. Pero lo cierto es que cada vez son más las personas que deciden renunciar a una herencia, o mejor dicho a heredar deudas.

Si todavía no te lo crees, sólo tienes que recurrir a las estadísticas del Consejo General del Notariado, que revelan que el año pasado hubo 37.623 renuncias a herencias, más del triple que en 2007.

“El número de renuncias es un indicador muy sensible que refleja el estado económico de un país; el hecho que se hayan multiplicado casi por cuatro desde 2007 es señal de una crisis absoluta y total”, reflexionaba el decano del Colegio Notarial de Cantabria, José Corral, para El País.

Pese a la reducción que parece perfilarse en 2016, lo mejor es conocer en qué situaciones o qué motivos puede haber para renunciar a una herencia.

Situaciones o motivos por los que renunciar a una herencia resulta la mejor opción.

El impuesto de sucesiones y donaciones

Las herencias están sujetas a dicho impuesto y es uno de los principales motivos para renunciar a una herencia.

La fragmentación geográfica es abismal, o lo que es lo mismo, heredar en una Comunidad Autónoma o en otra no te sale al mismo precio. Andalucía es la autonomía más cara y el crecimiento del número de renuncias bate el récord.

La sucesión es en lo bueno… y en lo malo

Qué quiere decir esto, que cuando las deudas del fallecido tienen valor superior al patrimonio dejado lo mejor es renunciar a la herencia. El problema reside en que los sucesores lo heredan todo, y si el activo de la herencia no es suficiente para compensar el pasivo, tendrán que responder con sus bienes personales.

En los últimos años este ha sido uno de los principales motivos para la desestimación, o así coinciden al menos gran parte de los notarios. Las deudas han empujado a más a de uno a rechazar una herencia. Durante la crisis, por ejemplo, los préstamos hipotecarios han sido responsables de muchas renuncias.

Sin embargo, conocer las deudas del fallecido no resulta precisamente “coser y cantar”, sobre todo si no se ha realizado testamento. Lo mejor en este caso es hacer averiguaciones antes de tomar una decisión, ya que una vez se renuncia a una herencia no hay vuelta a atrás.

Por ejemplo, se recomienda dirigirse al Registro de la Propiedad para saber si el difunto era titular de algún inmueble, al Catastro por si alguna finca no estuviese registrada y a los bancos para saber si tenía cuentas, depósitos u otros productos y cuáles eran sus saldos.

Existe una alternativa: la aceptación con beneficio de inventario. Esta opción es una especie de híbrido entre aceptación y renuncia. El sucesor responde de las deudas sólo con el patrimonio de la herencia y nunca con el propio.

Es necesario formalizarla ante notario y no suele ser un trámite muy habitual, además puede resultar muy caro y complicado.

Por eso, lo más recomendable siempre es recurrir a un abogado especializado en testamentaría y solicitar asesoramiento. Cada caso es diferente y cómo ya señalábamos con anterioridad, también depende de la Comunidad Autónoma en la que se herede.

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