LA ESPERADA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL (2a PARTE)
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LA ESPERADA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL (2ª PARTE)

LA ESPERADA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL (2ª PARTE)

Seguimos analizando las novedades que incluirá el nuevo Código Penal:

 

DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO: Se suprime la falta de hurto, para sustituirla por un delito leve de hurto, que castigará los hurtos por cuantía superior a 1.000€. Además, se incluye un tipo agravado, con penas de prisión de hasta tres o cuatro años, para los casos de «multirreincidencia» o de «delincuencia profesional y organizada». También se incrementan las penas para los hurtos, de productos agrarios, ganaderos o de material, en el campo, con penas de prisión de hasta tres años.

 

DELITOS DE ATENTADO, DE RESISTENCIA Y DE DESOBEDIENCIA: La definición del delito de atentado, variará para incluir en él todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia, sobre los agentes de las fuerzas de seguridad o sobre los miembros de asistencia y rescate. Desaparece la falta de desobediencia (que será sancionada como infracción administrativa) y la acción de resistencia pasiva, tendrá la misma calificación que la desobediencia, con penas de prisión de entre seis meses y un año. Sobre la alteración del orden público, se penará la difusión de mensajes que inciten a la violencia o a la comisión delictiva, pero no la «simple» convocatoria a movilizaciones.

 

DELITOS DE DIFUSIÓN DE IMÁGENES ÍNTIMAS: Será castigado, con penas de hasta un año de prisión, la difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas, obtenidas con el consentimiento de la víctima pero sin autorización para su difusión. Esta previsión legal, recuerda, claramente, al mediático caso de la concejal de los Yébenes (Toledo), Olvido Hormigos.

 

DELITOS DE PIRATERÍA: Se establecen penas muy severas, de hasta seis años de prisión, para los responsables de páginas web que ofrezcan enlaces en los que se puedan descargar ilícitamente obras protegidas por los derechos de autor, siempre que exista un beneficio económico para éstos. Los usuarios, los buscadores neutrales o los programas «p2p», estarán exentos de responsabilidad penal.

 

LA ESPERADA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL (2ª PARTE)
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