¿PERMITE LA PATRIA POTESTAD EVITAR UN CAMBIO DE RESIDENCIA DE MI HIJO TRAS MI DIVORCIO?
Es muy frecuente que tras una separación matrimonial o un divorcio, la esposa (a quien en la mayoría de los casos le otorgan por sentencia judicial en exclusiva la guarda y custodia de los hijos menores - es raro que ésta sea atribuida en exclusiva al padre) va a trasladar de forma inmediata su residencia habitual y la del hijo menor, del que tiene la guarda y custodia en exclusiva, y con ello se va a producir un cambio de colegio del niño, todo ello sin consentimiento del padre al respecto. Inmediatamente, al progenitor no custodio, le asaltan preguntas de gran calado e indudable trasfondo:
17 diciembre, 2013
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