11 Ene Causas para la nulidad matrimonial
Durante años, el número de solicitudes para la nulidad matrimonial no ha sido ni de lejos alarmante. De hecho, no son muchos los matrimonios que deciden disolver su enlace. Lo que sí es al parecer ampliamente desconocido, entre quienes pudieran estar interesados, son las causas para la nulidad matrimonial.
A finales del verano de 2015, el Papa Francisco revolucionó uno de los dogmas más controvertidos de la Iglesia católica. Resumiendo: rompió con siglos de tradición y simplificó al máximo el proceso para conceder la nulidad matrimonial.
Desde entonces, el número de solicitudes se ha disparado, aunque sigue sin ser una cifra alarmante parece que el panorama está cambiando.
El Papa introdujo tres importantes novedades:
- La gratuidad del proceso.
- Eliminó la obligación de una doble sentencia por parte de dos tribunales eclesiásticos diferentes.
- En los casos más evidentes será el propio arzobispo quien lleve la causa.
Asimismo, amplió el abanico de razones por las que podría dictarse nulo un matrimonio. Veamos cuáles son las numerosas circunstancias que contempla en Código de Derecho Canónico por las que un matrimonio celebrado no es válido.
10 causas para la nulidad matrimonial.
- No creer en Dios. Que uno de los dos no crea en Dios o haya perdido la fe.
- Cuestión cultural o familiar. Que la pareja haya contraído matrimonio por la Iglesia por una cuestión cultural o para contentar a algún miembro de la familia. En este sentido, también es válida la causa de presión familiar para contraer matrimonio ante, por ejemplo, un embarazo.
- Si uno de los cónyuges ya estuviera casado con anterioridad. Por ejemplo, en una ciudad o un país distinto.
- No asumir los deberes del matrimonio: infidelidades, malos tratos o adicciones.
- Si cualquiera de los dos no pudiera consumar el matrimonio por cuestiones físicas. Aún en el caso de ser fértiles.
- Falta de información. No haber informado a la pareja de un aspecto relevante en su vida, como tener un hijo, haber estado casado con anterioridad o ser estéril.
- Incapacidad psíquica. Cuando uno de los cónyuges, aún siendo mayor de edad, no estuviera en plenas facultades psíquicas, por enfermedad o lo que fuere, cuando contrajo matrimonio.
- Por defecto de forma. Cuando por ejemplo una boda se celebra por otro sacerdote distinto al de la parroquia donde figura el expediente de bautismo de la novia y sin delegación correspondiente del párroco. A penas se han concedido nulidades matrimoniales por esta causa.
- Homosexualidad. Si una de las partes implicadas fuera homosexual.
- Si los cónyuges eran demasiado jóvenes cuando contrajeron matrimonio.
Hasta ahora, los tipos de nulidad matrimonial eran bastante opuestos. Sin embargo, parece que con estas nuevas reformas y la inclusión de nuevas causas para la nulidad matrimonial, el matrimonio eclesiástico empieza a ser más accesible.
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