30 Oct EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONSIDERA QUE NO ES NULO EL «DESPIDO» DE UNA MUJER EMBARAZADA DURANTE EL PERIODO DE PRUEBA DE SU CONTRATO DE TRABAJO
Hace apenas una semana, el Tribunal Constitucional, ha dictado una Sentencia que «cuestiona» la protección laboral «reforzada» otorgada a las mujeres embazadas, desde hace más de una década en este país, estableciendo una diferenciación entre el «despido» y la «extinción de un contrato de trabajo en periodo de prueba».
De este modo, el Tribunal Constitucional, consiera que “no cabe extender, la protección dispensada para el despido, a la resolución contractual llevada a cabo en periodo de prueba”, debiendo probarse la discriminación y, por lo tanto, la nulidad de dicha decisión empresarial, a partir de incidios y pruebas suficientes de ella (y no, como en los casos de despido, en los que la nulidad es «automática», puesto que, no se puede despedir a una mujer desde el incio mismo de su embarazo – incluso, aunque ella no conozca su estado de gestación –).
Para conocer más datos al respecto de este polémico pronunciamiento judicial, os facilitamos este link a la noticia de prensa: http://elpais.com/m/sociedad/2013/10/22/actualidad/1382433009_085674.html
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